Impuesto envases de Plástico no reutilizables

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¿Cuándo entra en vigor el Impuesto Especial sobre los envases de plásticos no reutilizables?

El pasado 1 de enero entró en vigor el Impuesto Especial sobre Envases de Plástico No Reutilizables según la Ley 7/2022 de Residuos y suelos contaminados para una economía circular.

El tributo recae sobre la utilización en territorio español de envases no reutilizables que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos, como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancías. En consecuencia, este impuesto afectará por ejemplo a: bolsas, film retráctil, bandejas…

En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

¿Cuál es el objetivo?

El objetivo de este impuesto es promover la prevención de la propagación de residuos de envases de plástico no reutilizables, impulsando el reciclado y contribuyendo a la circularidad del material.

¿A quién aplica este Impuesto?

El impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables es un tributo imponible que recae sobre:

- La fabricación
- La importación
- La adquisición intracomunitaria

de todo aquel envase de plástico no reutilizable, independientemente de si se presenta vacío o conteniendo algún producto.

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¿Qué productos plásticos se ven afectados?

Este impuesto aplica directamente a los siguientes envases:

- Envases de plástico no reutilizables
- Productos plásticos semielaborados
- Productos que contengan plástico para permitir el cierre, la comercialización o presentación de envases no reutilizables.

de todo aquel envase de plástico no reutilizable, independientemente de si se presenta vacío o conteniendo algún producto. Los productos tales como las pinturas, las tintas, las lacas y los adhesivos concebidos para ser incorporados a los productos destinados a tener la función de contener, proteger, manipular o entregar bienes o productos no están sujetos al Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

Además, las pequeñas importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases con una cantidad total de plástico no reciclado de menos de 5 kilogramos también están exentos del impuesto.

Los productos destinados a contención, protección, manipulación, distribución y presentación de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario, así como los rollos de plástico para ensilados de uso agrícola y ganadero también están exentos del impuesto sobre envases de plástico.

¿Cómo afecta este impuesto a las empresas?

Este impuesto supone un gravamen que impacta directamente sobre toda la cadena de suministro y, especialmente, sobre la alimentación.

El tipo impositivo del impuesto será de 0,45€/kilo neto de plástico no reciclado y se liquidará en la declaración de importación presentada ante las autoridades aduaneras.

Este impuesto afecta, no solamente a los envases fabricados en España, sino también a aquellos que se importan de manera intracomunitaria si contienen plásticos que no sean reutilizables.

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