A través de la Declaración INTRASTAT se registran los intercambios de bienes – no de servicios – entre los estados miembros de La Unión Europea. Dicha declaración recoge todas las mercancías que circulen desde un Estado miembro de La Unión Europea a otro, y todas las mercancías que circulen entre el territorio de España y el de cualquiera de los restantes Estados miembros de la Comunidad Europea.
Se deberá presentar Declaración INTRASTAT en cada mes natural que recoja las operaciones realizadas en dicho periodo y con independencia de las obligaciones que tenga el responsable de suministrar la información respecto a la presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349) del IVA y la periodicidad con la que deba presentar dicha operación.
La declaración INTRASTAT se debe presentar con periodicidad mensual, durante los 12 primeros días naturales del mes siguiente al que se está declarando.