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Declaración de INTRASTAT

¿Qué es la Declaración INTRASTAT?

El INTRASTAT es una estadística de intercambios de bienes entre los Estados miembros de la Unión Europea, que es requerida por las instituciones y organismos nacionales y de La Unión Europea, así como por las asociaciones empresariales y sectoriales e instituciones académicas, con el fin de poder realizar determinaos análisis económicos que sirvan de ayuda para el fomento de la exportación.

A través de la Declaración INTRASTAT se registran los intercambios de bienes – no de servicios – entre los estados miembros de La Unión Europea. Dicha declaración recoge todas las mercancías que circulen desde un Estado miembro de La Unión Europea a otro, y todas las mercancías que circulen entre el territorio de España y el de cualquiera de los restantes Estados miembros de la Comunidad Europea.

¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Declaración INTRASTAT?

El ámbito de aplicación comprende:

➔ Expediciones. Las salidas de mercancías de la Unión Europea que se inicien desde el territorio de aplicación del impuesto con destino a otro Estado miembro.

➔ Introducciones. Las entradas de mercancías a la Unión Europea en el territorio de aplicación del impuesto enviadas desde otro Estado miembro.

Necesario para obtener un número EORI, código exigido por las autoridades aduaneras para identificar a aquellas empresas que realizan actividades de exportación e importación.
 
Las operaciones de los países de la U.E. con Canarias, Ceuta y Melilla no son declarables en INTRASTAT.

¿Quién está obligado a presentar la Declaración Intrastat?

Están obligados a presentar la Declaración INTRASTAT todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que hayan realizado operaciones intracomunitarias por un valor que alcance el umbral de exención (400.000 euros) durante el año natural anterior, o cuando no habiendo alcanzado dicho umbral en el año anterior, lo alcancen a lo largo del año natural en curso en uno o en ambos flujos, es decir, haber superado los 400.000 euros en introducciones o en expediciones, o en ambos. Para el cálculo de los 400.000 euros se tomará la base imponible de las facturas.

¿En qué plazos y con qué periodicidad se presenta la Declaración INTRASTRAT?

Se deberá presentar Declaración INTRASTAT en cada mes natural que recoja las operaciones realizadas en dicho periodo y con independencia de las obligaciones que tenga el responsable de suministrar la información respecto a la presentación de la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349) del IVA y la periodicidad con la que deba presentar dicha operación.

La declaración INTRASTAT se debe presentar con periodicidad mensual, durante los 12 primeros días naturales del mes siguiente al que se está declarando.

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Ejemplo: la declaración del mes de enero se presentará hasta el 12 de febrero. Debe presentarse Declaración INTRASTAT mensual, aunque en un determinado mes no se hayan realizado operaciones. No se pueden presentar declaraciones modificativas o complementarias después del 30 del mes de abril del año siguiente al que corresponde el periodo de referencia o inmediato posterior si éste fuera inhábil.

¿Cómo puedo presentar la Declaración INTRASTAT?

La modalidad para la presentación de la declaración es de forma telemática, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, concretamente en el siguiente enlace:

En Páez Aduanas confeccionamos y presentamos sus Declaraciones de INTRASTAT satisfaciendo todos los requisitos impuestos por la AEAT de manera puntual y flexible.

Evite sanciones de la AEAT por la falta de presentación o presentación incompleta y deléguenos su gestión y presentación.

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