Una importación se basa en la compra de bienes o mercancías a un país localizado fuera del territorio aduanero de la Unión Europea, de lo contrario se considera una adquisición intracomunitaria. Toda persona, sea física o jurídica, puede importar mercancía desde el extranjero a España o cualquier lugar dentro del territorio aduanero de la Unión Europea.
Se puede comprobar si un NIF de terceros está censado a través del sitio web de la Agencia Tributaria; en el apartado “Comprobación de un NIF de terceros a efectos censales”. Mientras, el número de registro sanitario lo puede consultar en el enlace siguiente enlace, relativo a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición:
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Antes de proceder a importar cualquier producto desde un tercer país, es importante conocer las normas de importación y de comercialización para evitar contratiempos posteriores y evitar cualquier tipo de sanción por parte de las autoridades. Ciertos productos pueden estar sometidos a restricciones e incluso a prohibiciones si proceden de algunos países o zonas concretas. Estas medidas pueden ser temporales o permanentes en función de la política económica y comercial de la Unión Europea. Entre los productos sometidos a restricciones y revisiones destacan:
- Productos de origen animal.
- Semillas, plantas y vegetales.
- Medicamentos y cosméticos.
- Flores y plantas.
- Especies de flora y fauna protegidas.
- Residuos.
- Productos químicos.
¿Qué aranceles e impuestos de importación se deben calcular?
Para que un producto pueda circular libremente en el territorio de la Unión, es posible que se deba pagar un importe de aranceles en el momento de hacer la declaración de la importación. La cuantía de este impuesto se determina en función de la naturaleza, el origen y el lugar de procedencia del producto.
En función de los acuerdos comerciales establecidos entre la Unión Europea y otros países terceros, y con el fin de favorecer la circulación de bienes y mercancías, a veces existe la posibilidad de beneficiarse de una exención a la hora de pagar aranceles; siempre y cuando se pueda acreditar el origen preferencial del producto mediante autorizaciones, declaraciones y documentos admitidos por la aduana.
Certificados EUR-1
Sistema REX o Exportador Autorizado
IVA
Existen otros tipos de impuestos especiales que se pueden exigir; los más conocidos son:
● Impuesto sobre el alcohol y bebidas alcohólicas.
● Impuesto sobre hidrocarburos.
● Impuesto sobre las labores del tabaco.
Se puede comprobar si un NIF de terceros está censado a través del sitio web de la Agencia Tributaria; en el apartado “Comprobación de un NIF de terceros a efectos censales”. Mientras, el número de registro sanitario lo puede consultar en el enlace siguiente enlace, relativo a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición:

Productos industriales. Deben poseer obligatoriamente el marcado CE para poder ser comercializados en el mercado de la UE. Este marcado indica que los productos han sido evaluados y cumplen con los requisitos legales. El fabricante o su representante legal son los encargados de ponerlos. El importador, por su parte, debe asegurarse antes de la llegada de la mercancía que la misma cumple con este requisito.
Productos alimenticios. Deben ser acompañados de certificaciones sanitarias y fitosanitarias expedidas por las autoridades competentes del país de procedencia. El certificado fitosanitario también es necesario para importar semillas, plantas, abonos etc.
Una vez estos productos llegan a la aduana de destino, en los puestos de control fronterizo se someten de nuevo a los distintos controles sanitarios, fitosanitarios o de calidad con el fin de emitir los certificados necesarios para completar la declaración aduanera de importación.