NCTS6: qué cambia y cómo afecta a las empresas en sus operaciones de tránsito aduanero
Con la llegada del NCTS6 (New Computerised Transit System – Phase 6) el sistema introduce una nueva etapa en la gestión informática del tránsito aduanero y trae cambios en la forma de presentar y gestionar la información.
Puede parecer un cambio puramente técnico y relacionado con los sistemas informáticos. Sin embargo, para las empresas que realizan este tipo de operaciones, sus efectos pueden notarse en la gestión diaria de los trámites.
Por eso merece la pena detenerse en lo más importante, qué cambia con el NCTS6, qué deben tener en cuenta las empresas y cómo puede afectar a sus operaciones de tránsito.
¿Qué es NCTS6?
NCTS6 es la sexta fase del Nuevo Sistema Informatizado de Tránsito (NCTS), utilizado para gestionar electrónicamente las operaciones de tránsito de la Unión y tránsito común.
Para entenderlo mejor, el tránsito aduanero permite mover una mercancía de un lugar a otro mientras permanece bajo control de la Aduana. El régimen de tránsito permite trasladar mercancías bajo control aduanero, suspendiendo durante el procedimiento los
Tránsito y ENS: una de las principales novedades de NCTS6
Uno de los cambios más relevantes de NCTS6 está relacionado con la posibilidad de integrar en una misma declaración la información del tránsito y determinados datos de seguridad y protección exigidos por la declaración sumaria de entrada (ENS).
Esta posibilidad está vinculada a ICS2 y se aplica, para el transporte por carretera y ferrocarril, en los países que han elegido el modelo opt-in. En estos casos, los datos de la ENS pueden incluirse en la propia declaración de tránsito de NCTS6, evitando que el operador tenga que presentar ambas declaraciones por separado en dos sistemas diferentes.
En cambio, los países que utilizan el modelo opt-out mantienen la presentación de la ENS directamente a través de ICS2, de forma separada de la declaración de tránsito. La elección entre un modelo u otro corresponde a las autoridades aduaneras de cada país.
Desde el 1 de junio de 2026, además, finalizaron las derogaciones temporales que permitían determinadas soluciones transitorias. La Comisión Europea establece que las mercancías que entren en el territorio aduanero de la Unión deben estar cubiertas por una ENS válida, presentada directamente en ICS2 o, cuando el país de primera entrada utilice el modelo opt-in, mediante la declaración de tránsito combinada en NCTS6.
Por tanto, NCTS6 no supone únicamente una actualización del sistema utilizado para tramitar el tránsito. También permite, en los países que han optado por esta posibilidad, simplificar la gestión de las formalidades de seguridad y protección al combinar la información de tránsito y ENS en un mismo proceso.
¿Qué relación tiene NCTS6 con ICS2?
NCTS6 e ICS2 están relacionados porque ambos intervienen en la gestión de la información que necesitan las autoridades aduaneras antes de que las mercancías lleguen a la Unión Europea.
ICS2 es el sistema en el que se presenta la ENS, es decir, la información de seguridad que debe facilitarse antes de la llegada de las mercancías. Con estos datos, las autoridades pueden valorar los posibles riesgos y decidir si es necesario realizar algún control.
NCTS6, por su parte, incorpora la posibilidad de conectar ambos procesos. En los países que utilizan el modelo opt-in, los datos de seguridad y protección pueden incluirse en la declaración de tránsito, que se conecta con ICS2. En los países opt-out, la ENS continúa presentándose directamente en ICS2.
Por eso, la relación entre ambos sistemas es especialmente relevante para las empresas que realizan operaciones de tránsito internacional, dependiendo del país por el que entren las mercancías en la UE y del modelo aplicado por ese país, la información de tránsito y la información de seguridad pueden gestionarse conjuntamente o mediante declaraciones separadas.
En el caso de España, se aplica el modelo opt-out. Esto significa que la declaración de tránsito y la ENS se presentan de forma separada: el tránsito se gestiona a través de NCTS6 y la ENS a través de ICS2. Por tanto, la posibilidad de combinar ambas declaraciones en una única declaración de tránsito no se aplica actualmente en España.
¿Cómo afecta NCTS6 a las empresas?
Para una empresa que realiza operaciones de tránsito, NCTS6 no significa necesariamente que tenga que realizar un trámite completamente nuevo cada vez que transporte una mercancía.
El principal impacto está en la gestión de la información necesaria para presentar correctamente las declaraciones.
Entre los aspectos que las empresas deben tener en cuenta se encuentran:
Facilitar información completa:
Las empresas deben asegurarse de disponer de los datos exigidos para cumplimentar correctamente las declaraciones y, cuando corresponda, los datos de seguridad y protección.
Prestar mayor atención a la calidad de los datos:
Los datos declarados tienen un papel cada vez más importante dentro de los sistemas electrónicos de Aduanas.
Por ello, es fundamental evitar errores, incoherencias o información insuficiente que puedan dificultar la gestión de la operación.
Adaptarse a los cambios del sistema:
NCTS6 no es un sistema estático.
Se publicó la revisión 1.20 de la Guía técnica de Servicios Web de Tránsito para NCTS6, que recoge modificaciones para el intercambio de información entre los operadores y la Aduana.
Tener en cuenta las nuevas adaptaciones normativa:
Las actualizaciones del sistema también permiten incorporar adaptaciones derivadas de cambios normativos y, en determinados casos, de acuerdos que afectan a las operaciones de tránsito.
En 2026, las revisiones de NCTS6 han incorporado modificaciones relacionadas con la adaptación de las declaraciones de tránsito al Acuerdo entre la Unión Europea y Reino Unido en relación con Gibraltar. La AEAT ha ido incorporando estos cambios en distintas revisiones de la Guía técnica de NCTS6, entre ellas las versiones 1.18, 1.19 y 1.20 publicadas durante 2026.
¿Qué deberían hacer las empresas?
Ante la evolución de NCTS6, las empresas que realizan operaciones de tránsito deberían:
- Revisar que la información que proporcionan para sus declaraciones sea completa y correcta.
- Mantener actualizados sus procedimientos internos.
- Estar atentos a las nuevas actualizaciones técnicas y normativas.
- Contar con profesionales que conozcan los requisitos aplicables a cada operación.
- Consultar cualquier cambio que pueda afectar a sus procedimientos de tránsito.
Mantener los procedimientos actualizados, prestar atención a los datos de las declaraciones y seguir las novedades que se vayan incorporando al sistema será clave para evitar incidencias y gestionar el tránsito con mayor seguridad.
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