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Certificados Fitosanitarios en Reino Unido

Certificados Fitosanitarios
en Reino Unido

Exportación de Vegetales y productos Vegetales a Reino Unido

Cuando quieres realizar una exportación de productos vegetales a un tercer país fuera de la Unión Europea, en muchas ocasiones será necesario solicitar un Certificado Fitosanitario.

En ausencia de protocolos o acuerdos bilaterales (como puede ser una campaña específica de exportación), es responsabilidad de la empresa exportadora conocer los requisitos fitosanitarios del país de destino, los cuales deberán ser justificados aportando una copia de la normativa fitosanitaria del país de destino, o una copia del permiso o licencia previa de importación, si existe esta figura en el país de destino.

La exportación sin la previa obtención del Certificado Fitosanitario, cuando esté sea exigido por el país de destino, será responsabilidad del exportador y podrá suponer el rechazo de la mercancía en destino, con el consiguiente perjuicio para las partes. Por ello, es necesario consultar los requisitos fitosanitarios en destino previamente al envío de la mercancía.

Respecto a las exportaciones a terceros países, corresponde al operador – o a su agente de aduanas – solicitar a través de la aplicación informática Cexveg, la expedición del correspondiente Certificado Fitosanitario.

Cexveg tiene como objetivo la gestión y tramitación de las Solicitudes de Inspección Fitosanitaria de vegetales y productos vegetales en los Puntos de Inspección Fronterizos.

Soporte:

Correo electrónico: cexveg@mapa.es

Teléfonos: 913225141 | 913225103

Controles Agroalimentarios a Reino Unido

Tras la publicación definitiva de su Modelo Operativo en Frontera (Border Target Operating Model; BTOM) en agosto de 2023 y su posterior entrada en vigor el 31 de enero de 2024, Reino Unido ha ido paulatinamente aplazando la aplicación de los controles sanitarios y fitosanitarios desde 2021.

En la actualidad, y con la entrada de dicho modelo, se han implementado nuevas medidas que vienen a resumirse en:

  • La categorización de los productos en base a una escala de riesgo: alto, medio y bajo.
  • La utilización de Certificados Sanitarios y Fitosanitario según el riesgo del producto.
  • Un sistema de Operadores de Confianza.

En lo que respecta a los productos de origen vegetal, y al igual que los demás productos como pueden ser los de origen animal, los productos compuestos, etc.; estos se categorizan en productos de riesgo alto, medio y bajo. La categoría de riesgo medio se desglosa en subcategorías A y B, con distintos requerimientos. Además, existen productos que no están regulados en absoluto, y otros que suponen una amenaza tal que están prohibidos por defecto y sólo pueden importarse en virtud de una excepción o tras una evaluación específica de su riesgo.

Asimismo, existen productos vegetales no regulados que no necesitan Certificados Fitosanitarios para acceder a Reino Unido y no requieren de inspección fitosanitaria alguna. Es decir, quedan excluidos del régimen de inspecciones específicas de riesgo. Estos productos no regulados son: piña, kiwi, coco, cítricos, kumquat, naranja amarga, kaki persimon, durian, frutos (bolas) de algodón, hojas de curry, bananas y plátanos, mango, dátiles, fruta de la pasión y guayaba.

Los productos de riesgo medio procedentes de la UE se tratan temporalmente, hasta el 1 de julio de 2025, como si fueran de riesgo bajo, por lo que de momento no requieren certificados fitosanitarios ni notificaciones previas, y no están sujetos a inspecciones.

Los productos de origen vegetal de riesgo alto, ya estaban sometidos a estos requisitos, añadiéndole además un control físico en puntos de destino autorizados por las autoridades.

En las siguientes tablas, se expone el calendario de implantación de las diferentes medidas en lo que respecta a los productos de origen vegetal:

RIESGO

SITUACIÓN ACTUAL

RIESGO ALTO

  • Notificación previa IPAFFS
  • Certificado fitosanitario
  • Control documental
  • Entrada por Border Control Post (BCP)
  • Control físico en BCP o puntos de control autorizados.
  • Incremento de controles físicos y de identidad.
  • Declaraciones sumarias de importación.

RIESGO ALTO

  • Notificación previa IPAFFS
  • Certificado fitosanitario
  • Control documental
  • Entrada por Border Control Post (BCP)
  • Control físico en BCP o puntos de control autorizados.
  • Incremento de controles físicos y de identidad.
  • Declaraciones sumarias de importación.
RIESGO MEDIO
  • Notificación previa IPAFFS
  • Certificado Fitosanitario
  • Control documental
  • Entrada por BCP
  • Control físico en BCP o puntos de control autorizados.
  • Declaraciones sumarias de importación.
RIESGO MEDIO
  • Notificación previa IPAFFS
  • Certificado Fitosanitario
  • Control documental
  • Entrada por BCP
  • Control físico en BCP o puntos de control autorizados.
  • Declaraciones sumarias de importación.
RIESGO BAJO
  • Documentación comercial.
  • Control de vigilancia en el mercado interior.
  • Declaraciones sumarias de importación.
RIESGO BAJO
  • Documentación comercial.
  • Control de vigilancia en el mercado interior.
  • Declaraciones sumarias de importación.

SIN RIESGO

  • Sin controles ni notificaciones.
  • Declaraciones sumarias de importación.

SIN RIESGO

  • Sin controles ni notificaciones.
  • Declaraciones sumarias de importación.

Puedes consultar la categorización del riesgo de los diferentes productos de origen vegetal provenientes de países no pertenecientes a la Unión Europea aquí.

Por citar los productos de origen vegetal más representativos según la categoría de riesgo, encontramos:

RIESGO ALTO

PRODUCTO

Plantas para plantar

Patatas

Semillas

Árboles cortados y/o ramadas de Coníferas

Corteza

Madera

Maquinaria usada

TIPOS / OBSERVACIONES

Excepto semillas

Exclusivamente las destinadas a siembre y consumo.

Castaña, pimiento, tomate, patata, girasol, alfalfa, cebolla, puerro, judía escarlata, alubias, guisante, haba, colza, nabo, col china, mostaza, soja, linaza, pinos y abeto de Douglas.

Que sean de más de 3 metros.

Castaño, coníferas, fresno, nogal de Manchuria o japonés, olmo (Ulmus davidiana) y de árboles del género Pterocarya.

Incluida la madera que no ha conservado su superficie redondea natural. De arce, castaño y falsos castaños (Aesculus), aliso, abedul, carpe, coníferas, katsura (Cercidiphyllum), avellano, haya, fresno, álamo, chopo, árboles del género Prunus (excepto Prunus laurocerasus), sauce, tilo, olmo, nogal y árboles de los géneros Koelreuteria, Platanus y Pterocarya.

Maquinaria y vehículos utilizados con fienes agrícolas o forestales.

RIESGO ALTO

Plantas para plantar

Excepto semillas

Patatas

Exclusivamente las destinadas a siembre y consumo.

Semillas

Castaña, pimiento, tomate, patata, girasol, alfalfa, cebolla, puerro, judía escarlata, alubias, guisante, haba, colza, nabo, col china, mostaza, soja, linaza, pinos y abeto de Douglas.

Árboles cortados y/o ramadas de Coníferas

Que sean de más de 3 metros.

Corteza

Castaño, coníferas, fresno, nogal de Manchuria o japonés, olmo (Ulmus davidiana) y de árboles del género Pterocarya.

Madera

Incluida la madera que no ha conservado su superficie redondea natural. De arce, castaño y falsos castaños (Aesculus), aliso, abedul, carpe, coníferas, katsura (Cercidiphyllum), avellano, haya, fresno, álamo, chopo, árboles del género Prunus (excepto Prunus laurocerasus), sauce, tilo, olmo, nogal y árboles de los géneros Koelreuteria, Platanus y Pterocarya.

Maquinaria usada

Maquinaria y vehículos utilizados con fienes agrícolas o forestales.

RIESGO MEDIO SUBCATEGORÍA A

PRODUCTO

Partes de plantas, excepto frutos y semillas

Flor cortada

Semillas

Frutas y Hortalizas

Parte de las plantas distintas de frutos y semillas

TIPOS / OBSERVACIONES

Excepto de los siguientes géneros: Cryptocoryne, Hygrophila, Plants of Vallisneria, Prunus, Solanum lycopersicum, Solanum melongena y Zea mays.

De los géneros Orchidaceae, Dendranthema, Gypsophila y Solidago.

De los géneros Prunus, Rubus y Zea mays.

Apio, mandioca, espinaca, pimiento, tomate, espárragos, berenjena, grosella, maíz, y productos de los géneros Eryngium, Limnophila, Momordica, Ocimum y Syzygium.

De los géneros Ipomoea y Solanaceae

RIESGO MEDIO SUBCATEGORÍA B

PRODUCTO

Frutas de hueso

TIPOS / OBSERVACIONES

Melocotón, albaricoque, cereza o ciruela, uvas de mesa y membrillo

RIESGO BAJO

PRODUCTO

Hortalizas de raíz y tubérculos

Frutas

Plantas y productos vegetales de la UE

TIPOS / OBSERVACIONES

Raíz de achicoria, rábano picante, raíz de remolacha, rábano, colinabo, mandioca, zanahoria, escorzonera, jengibre, batata, remolacha azucarera, ñame, taro, arrowroot y cúrcuma.

Fresas, manzanas, aguacates, peras, arándanos y frambuesas.

Siempre y cuando no estés incluidos en categorías de riesgo alto o medio.

RIESGO MEDIO (SUBCATEGORÍA A)

Partes de plantas, excepto frutos y semillas

Excepto de los siguientes géneros: Cryptocoryne, Hygrophila, Plants of Vallisneria, Prunus, Solanum lycopersicum, Solanum melongena y Zea mays.

Flor cortada

De los géneros Orchidaceae, Dendranthema, Gypsophila y Solidago.

Semillas

De los géneros Prunus, Rubus y Zea mays.

Frutas y Hortalizas

Apio, mandioca, espinaca, pimiento, tomate, espárragos, berenjena, grosella, maíz, y productos de los géneros Eryngium, Limnophila, Momordica, Ocimum y Syzygium.

Parte de las plantas distintas de frutos y semillas

De los géneros Ipomoea y Solanaceae

RIESGO MEDIO (SUBCATEGORÍA B)

Frutas de hueso

Melocotón, albaricoque, cereza o ciruela, uvas de mesa y membrillo

RIESGO BAJO

Hortalizas de raíz y tubérculos

Frutas

Plantas y productos vegetales de la UE

Raíz de achicoria, rábano picante, raíz de remolacha, rábano, colinabo, mandioca, zanahoria, escorzonera, jengibre, batata, remolacha azucarera, ñame, taro, arrowroot y cúrcuma.

Fresas, manzanas, aguacates, peras, arándanos y frambuesas.

Siempre y cuando no estés incluidos en categorías de riesgo alto o medio.

Todos los productos vegetales de riesgo alto y medio (categorías A y B) deben tener un certificado fitosanitario de exportación del país de origen. Los productos de riesgo bajo no necesitan este certificado. El certificado debe emitirse dentro de los 13 días previos al envío.

El exportador debe enviar una copia en PDF al importador para la notificación previa. No es necesario incluir el documento físico con la mercancía, ya que los certificados emitidos en España tienen códigos QR y códigos de verificación para comprobar su autenticidad.

Si tienes cualquier consulta no dudes en contactar con nosotros. Estamos al corriente de todas las actualizaciones aduaneras necesarias para que realices tus operaciones de la forma más segura y rápida posible.