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Implantación obligatoria del sistema PoUS

El PoUS (Proof of Union Status) aparece dentro del proceso de digitalización de las gestiones aduaneras. Se trata de un sistema que permite acreditar el estatuto aduanero de las mercancías de la Unión. 

Una de las principales finalidades de este sistema es reducir el uso del papel en este tipo de trámites. La información pasa a gestionarse de forma electrónica, facilitando que los operadores y las autoridades aduaneras puedan realizar y controlar estos procedimientos. 

Además, en 2026 se produce un nuevo paso en su implantación, la Agencia Tributaria ha anunciado que será obligatorio utilizar PoUS para el registro y visado del Customs Goods Manifest (CGM) en España. 

Ordenador portátil con información sobre el sistema PoUS y la gestión electrónica del estatuto aduanero de las mercancías de la Unión Europea.

¿Qué es el sistema PoUS?

PoUS (Proof of Union Status) es un sistema electrónico desarrollado por la Comisión Europea para gestionar las pruebas que permiten acreditar el estatuto aduanero de las mercancías de la Unión. 

El sistema permite gestionar electrónicamente las pruebas necesarias para acreditar el estatuto de la Unión, por ejemplo, cuando mercancías de la Unión se trasladan entre dos puntos del territorio aduanero de la UE después de haber salido temporalmente de dicho territorio. 

En estos casos, es necesario poder acreditar su estatuto para evitar que sean tratadas como mercancías no pertenecientes a la Unión. 

La Comisión Europea señala que el objetivo principal de PoUS es sustituir los procedimientos basados en papel utilizados para acreditar este estatuto, como determinados documentos T2L/T2LF y los manifiestos de las compañías marítimas, por un sistema electrónico. 

¿Para qué sirve PoUS?

El sistema permite gestionar de forma electrónica diferentes pruebas del estatuto aduanero de las mercancías de la Unión. 

Entre ellas se encuentran: 

  • T2L y T2LF, correspondientes a la primera fase del sistema. 
  • Customs Goods Manifest (CGM/CGMF), incorporado en la segunda fase. 

Estas pruebas permiten acreditar el estatuto de mercancías de la Unión cuando se trasladan entre distintos puntos del territorio aduanero de la UE después de haber salido temporalmente de él. 

De esta manera, la información queda registrada electrónicamente y puede estar disponible para las autoridades aduaneras implicadas en las operaciones. 

La implantación de PoUS: dos fases

La implantación del sistema se ha desarrollado en diferentes etapas. 

Primera fase: T2L y T2LF 

La primera fase de PoUS se puso en funcionamiento el 1 de marzo de 2024 y está destinada a la gestión electrónica de los datos correspondientes a las pruebas T2L y T2LF. 

Con esta fase comenzó la utilización del nuevo sistema electrónico para la acreditación del estatuto aduanero en los supuestos correspondientes. 

Segunda fase: Customs Goods Manifest 

La segunda fase comenzó el 15 de agosto e incorporó el Customs Goods Manifest (CGM) como prueba del estatuto de la Unión para mercancías transportadas por vía marítima en los supuestos contemplados por el sistema, distintos del servicio marítimo regular (RSS). 

Esta fase permite presentar solicitudes relacionadas con el CGM a través del portal específico de operadores de PoUS (PoUS STP). 

¿Qué cambia en 2026?

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) publicó este 23 de julio que proximamente será obligatorio utilizar el sistema PoUS para el registro y visado del CGM 

Hasta ahora, desde la entrada en funcionamiento de la segunda fase de PoUS, han convivido dos sistemas para acreditar el estatuto aduanero: 

  • El sistema en papel, mediante el visado del manifiesto de la compañía marítima. 
  • El sistema electrónico PoUS, mediante el registro y visado del CGM. 

La AEAT recuerda que ya se había previsto que durante 2026 la tramitación electrónica mediante PoUS pasaría a ser obligatoria. 

 

¿Hay una fecha concreta?

Por el momento, la AEAT no ha indicado en su comunicación del 23 de julio una fecha concreta para el fin del visado de los manifiestos por parte de las aduanas españolas. 

¿Qué ocurre con los titulares de una autorización ACP?

Los titulares de una autorización de Estatuto de Expedidor autorizado para establecer la prueba del estatuto aduanero de mercancías de la Unión (ACP) mantienen un régimen específico. Según la AEAT, estos operadores no utilizan PoUS para acreditar la prueba mediante CGM, sino que continúan utilizando el manifiesto de la compañía marítima conforme a su autorización. 

    ¿Qué ventajas surgen?

    La implantación de PoUS forma parte del proceso de transformación digital de las aduanas europeas. 

    Entre sus principales ventajas se encuentran: 

    Mayor digitalización 

    La utilización de un sistema electrónico reduce la dependencia de documentos y procedimientos en papel y permite centralizar la información relacionada con la prueba del estatuto aduanero. 

    Intercambio de información 

    PoUS permite un intercambio estandarizado de información entre operadores económicos, representantes aduaneros y autoridades aduaneras de los distintos Estados miembros. 

    Mayor trazabilidad 

    La información de las pruebas queda registrada en el sistema y puede ser consultada por las autoridades competentes, facilitando el seguimiento de los procedimientos. 

    Armonización de los procedimientos 

    Al tratarse de un sistema desarrollado a nivel europeo, PoUS contribuye a establecer una gestión más homogénea de la prueba del estatuto aduanero dentro de la Unión Europea. 

    Simplificación de determinados trámites 

    La gestión electrónica reduce progresivamente la utilización de documentos físicos y facilita la comunicación en el proceso aduanero. 

     

    ¿Qué deben tener en cuenta las empresas?

    Para los operadores afectados por la utilización del CGM, el avance hacia la obligatoriedad de PoUS supone la necesidad de estar preparados para trabajar con el sistema electrónico. 

    Las empresas deberían prestar especial atención a: 

    • Conocer cuándo les resulta aplicable la utilización de PoUS. 
    • Familiarizarse con el procedimiento de registro y visado del CGM. 
    • Comprobar que cuentan con los accesos y perfiles necesarios para realizar las gestiones electrónicas. 
    • Revisar los procedimientos internos relacionados con la acreditación del estatuto aduanero. 
    • Mantenerse atentos a las próximas comunicaciones de la AEAT sobre la fecha efectiva de obligatoriedad. 

    Los operadores económicos y sus representantes pueden acceder al sistema PoUS a través del entorno electrónico habilitado por la Unión Europea, con los requisitos de identificación correspondientes. 

     

    Una nueva etapa hacia la aduana digital

    La implantación de PoUS supone un paso más en la transformación digital de los procedimientos aduaneros europeos. 

    Desde la puesta en marcha de la primera fase en 2024 hasta la incorporación del CGM en 2025, el sistema ha ido ampliando progresivamente los procedimientos que pueden gestionarse electrónicamente. 

    Ahora, con el anuncio de la AEAT de julio de 2026, España avanza hacia la obligatoriedad del uso de PoUS para el registro y visado del CGM. 

    Para las empresas que realizan operaciones internacionales, conocer estos cambios con antelación será fundamental para adaptar sus procedimientos y evitar incidencias en la gestión aduanera. 

    La digitalización de las aduanas continúa avanzando. Estar preparado también forma parte de una gestión eficiente del comercio internacional. 

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